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A través de este subsidio, otorgado y administrado por la municipalidad, el Estado financia entre un 47% y un 87% de los primeros 15 metros cúbicos de agua potable, y servicio de alcantarillado y aguas servidas, debiendo el beneficiario pagar la diferencia. El porcentaje se determina a partir de las tarifas de cada localidad y el nivel socioeconómico de los beneficiarios y las beneficiarias. Quienes pertenezcan a Chile Solidario o al subsistema Chile Seguridades y Oportunidades podrán acceder al 100% del subsidio para los primeros 15 metros cúbicos mensuales.



DOCUMENTOS A PRESENTAR
  • • Cédula de Identidad del Jefe de Familia que aparece en el Registro Social de Hogares.
  • • Contar con ficha “Registro Social de Hogares” actualizado con el domicilio a postular.
  • • Última boleta de agua cancelada.


PROCEDIMIENTO DEL TRÁMITE
  • Este trámite se realiza a través de los módulos del Departamento de Ventanilla Única ubicada en Edificio Consistorial, Av. Barros Luco 1881, Barrancas.
  • Debe sacar número en el Tótem, específicamente en el ítem “BENEFICIOS SOCIALES” y esperar a ser atendido en el módulo 13.
  • El horario de atención es de Lunes a Viernes desde las 08:30 hasta las 14:00 horas.
  • Luego de realizar su postulación, debe esperar la resolución. El resultado dependerá de los cupos mensuales disponibles.
  • En el caso de ser beneficiado, se demora de 2 a 3 meses en salir el beneficio en la boleta del agua, dependiendo del porcentaje en el Registro Social de Hogares.
  • En caso de consultas, puede comunicarse a los números 352 337043 / 352 337044, o mediante correo al Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. / Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.


COSTOS
  • Sin costos para el usuario(a).


OTRAS CONSIDERACIONES
  • Además, los usuarios(as) que postulen deben habitar en forma permanente una propiedad que cuente con una conexión a la red de agua potable y alcantarillado con medidor individual.
  • También, deben acreditar domicilio en la comuna donde van a solicitar el subsidio y acreditar su condición socioeconómica.
Publicado en Subsidios Sociales
Martes, 14 Enero 2020 20:13

Subsidio Único Familiar

Prestación Monetaria destinada a personas de escasos recursos que no pueden acceder al beneficio de Asignación Familiar o Maternal, porque no son trabajadores afiliados a un sistema previsional. El monto del Subsidio Familiar es de $20.328 pesos por carga familiar. No obstante, el monto que generan las personas con discapacidad es el doble ($40.656 pesos). Además, las personas que dan derecho a percibir el Subsidio Familiar (causantes) pueden acceder a prestaciones médicas (preventivas y curativas) y odontológicas gratuitas.



DOCUMENTOS A PRESENTAR
  • Certificado de nacimiento del menor.
  • Fotocopia de carné de control de niño sano al día (del Consultorio), de los menores de 6 Años.
  • Certificado de alumno regular, de los mayores de 6 años.
  • Certificado del Compin que autoriza el Duplo.
  • Fotocopia de la Cédula de Identidad de la madre que desee postular.
  • Ultimas 12 cotizaciones de la AFP.
  • Si es tutor, documento del Tribunal de Familia.


PROCEDIMIENTO DEL TRÁMITE
  • Este trámite se realiza a través de los módulos del Departamento de Ventanilla Única ubicada en Edificio Consistorial, Av. Barros Luco 1881, Barrancas.
  • Debe sacar número en el Tótem, específicamente en el ítem “BENEFICIOS SOCIALES” y esperar a ser atendido en el módulo 13.
  • El horario de atención es de Lunes a Viernes desde las 08:30 hasta las 14:00 horas.
  • Luego de realizar su postulación, debe esperar la resolución. Esta podría demorar hasta 2 meses.
  • En el caso de ser beneficiado, el usuario(a) queda con FONASA “A” por lo que no puede comprar Bonos.
  • En caso de consultas, puede comunicarse a los números 352 337043 / 352 337044, o mediante correo al Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. / Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.


COSTOS
  • Sin costos para el usuario(a).


OTRAS CONSIDERACIONES
  • Además, los usuarios(as) que postulen deben estar en el 60% más vulnerable según el Registro Social de Hogares, y no deben contar con previsión.
Publicado en Subsidios Sociales
Martes, 14 Enero 2020 20:10

Pensión garantizada universal vejez

La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un beneficio del Estado que reemplaza a los beneficios de vejez del Pilar Solidario, cuyo pago mensual está a cargo del Instituto de Previsión Social (IPS). El monto de este beneficio asciende a un máximo de $193.917, el que se reajustara en febrero de cada año. A partir del pasado 1 de Agosto de 2022 comenzaron a regir los requisitos permanentes de acceso al beneficio, los cuales son:

  • Tener 65 años o más de edad
  • No integrar un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población
  • Acreditar residencia en el territorio de la República de Chile en estos dos casos: Un periodo no inferior a 20 años (continuos o discontinuos), desde que la o el solicitante haya cumplido 20 años de edad; Un lapso no inferir a cuatro años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse a beneficios de PGU.
  • Contar con una pensión base menor a $1.048.200 (monto de la pensión superior)


DOCUMENTOS A PRESENTAR
  • Cédula de identidad
  • Registro social de Hogares
  • Para solicitar la PGU en línea necesita contar con Clave Única


PROCEDIMIENTO DEL TRÁMITE
  • Puede solicitar apoyo para realizar este trámite a través de los módulos del Departamento de Ventanilla Social (Edificio Consistorial – Av. Barros Luco 1881, Barrancas). Debe tomar número en el Tótem donde dice BENEFICIOS SOCIALES y esperar ser atendido en los módulos.
  • El horario de atención es de lunes a jueves desde las 08:30 hasta las 13:30 horas.
  • En el proceso de evaluación de requisitos para acceder a la PGU, la ley considera un instrumento de medición específico para este beneficio, con el fin de determinar a través de un puntaje, si la persona integra un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población de 65 años y más.
  • En el análisis se incluye (aparte de algunos datos del Registro Social de Hogares) diversa información de ingresos y necesidades de los integrantes de ese grupo.
  • El monto a otorgar dependerá del rango de edad en el que se encuentre. Además, dicho monto será reajustado cada año, según el IPC.
  • Se demora 60 días aproximadamente en tener respuesta a la solicitud. Es el IPS quien otorga el beneficio.


Oficina de informaciones, reclamos y sugerencias (oirs)

COSTOS
  • No existen costos, puesto que es un beneficio.


OTRAS CONSIDERACIONES
  • El beneficio está sujeto a evaluación por parte del IPS (Instituto previsión social) para verificar que el beneficiario mantiene todos los requisitos exigidos por la ley.
  • La pensión se mantendrá vigente mientas el beneficiario cumpla los requisitos y no se ausente del país por un periodo de 90 días o más.
  • Para las personas pensionadas de AFP (retiro programado) con APSV, que reciben una Pensión Final Garantizada de monto mayor a la PGU, desde mayo de 2022 el IPS les asigna, informadamente, al beneficio que resulta de mayor monto, comparando entre la PGU y el APSV, con derecho a revertir dicha asignación, por una sola vez, hasta abril de 2023.
  • Para quienes tengan una pensión base menor o igual a $660.366 mensuales, el monto de la PGU ascenderá a $193.917; mientras que para quienes tengan una pensión base mayor a $660.366, pero menos a $1.048.200, el monto de la PGU será variable:
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