Misión
Corresponderá como misión al Secretario Comunal de Planificación, (SECPLAC),asumir el apoyo a la Alcalde y al Concejo Comunal en el estudio, definición de políticas y en la elaboración, coordinación y evaluación de los planes, presupuestos, programas y proyectos de desarrollo comunal.
Objetivos
En el desempeño de su misión corresponderá a la Secretaría Comunal de Planificación (SECPLAC) el logro y materialización de los siguientes objetivos:
1. El asesoramiento al alcalde y al Concejo en la definición y adopción de decisiones en materias de políticas, planes, presupuestos, programas y proyectos vinculados con las Misiones del Municipio;
2. El fomento y mantención de las vinculaciones de carácter técnico con los servicios públicos y el sector privado, articulando los planes y programas del Municipio, con aquellas políticas, planes y programas de carácter regional o nacional que impulsen las respectivas autoridades;
3. La recopilación y mantención de una base de datos destinada a contener la información atingente a sus funciones, así como de aquellas que puedan ser de utilidad a la gestión del Municipio;
4. Participar de la Misión municipal, desarrollando anualmente planes y programas de trabajo de su unidad y presentando su evaluación al alcalde y Concejo;
Funciones
Corresponderá a la Secretaría Comunal de Planificación y Coordinación:
1. Planificar, organizar, dirigir, coordinar y controlar las actividades inherentes a la Unidad, respondiendo de ello a su superior directo y velando por la coherencia de la acción de ésta con las demás unidades del municipio;
2. Administrar los recursos humanos de su unidad encuadrándose en la normativa legal, en las instrucciones jerárquicas de su Jefatura y en las normas y planes de acción que al respecto se apliquen;
3. Velar por el oportuno cumplimiento en los plazos de información solicitada por las unidades funcionales del Municipio;
4. Servir de secretaría técnica permanente de la Alcalde y del Concejo en la preparación y coordinación de las políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo de la comuna;
5. Asesorar al alcalde en la elaboración de los proyectos de plan de desarrollo comunal y de presupuesto municipal;
6. Evaluar el cumplimiento de los planes, programas, proyectos y del presupuesto municipal e informar sobre estas materias al alcalde y al Concejo;
7. Efectuar análisis y evaluaciones permanentes de la situación de desarrollo de la comuna, con énfasis en los aspectos sociales y territoriales;
8. Formular y proponer, en coordinación con la Dirección de Administración y Finanzas, los proyectos de Plan financiero y Presupuesto Municipal, conforme al Plan de Desarrollo Comunal, de manera que se implementen los programas y proyectos que éste contemple en las áreas sociales, físicas, económicas u otras;
9. Evaluar el cumplimiento del Plan de Desarrollo Comunal en su aspecto financiero - presupuestario, territorial y social;
10. Elaborar, proponer y programar, en coordinación con las unidades municipales, la inversión municipal en el área administrativa interna;
11. Controlar y efectuar el requerimiento presupuestario de las obras y programas en ejecución en las que se encuentra comprometida la inversión municipal;
12. Diseñar, implementar y mantener archivos de los planes, programas y proyectos elaborados por esta unidad;
13. Procesar la información presupuestaria enviada por la Dirección de Administración y Finanzas;
14. Colaborar con la Dirección de Obras Municipales en el estudio, diseño y preparación del Plan Regulador Comunal, efectuando las modificaciones y correcciones que correspondan;
15. Estudiar y proponer normas destinadas al adecuado uso del suelo comunal, en conformidad a las políticas nacionales de desarrollo urbano;
16. Elaborar y proponer programas y proyectos específicos en el área territorial comunal;
17. Proponer las medidas que se requiera adoptar para impulsar el desarrollo urbano comunal y la mejor adecuación del medio físico;
18. Tomar conocimiento de todas las acciones y proyectos que preparen o estén aplicando en la comuna en el área territorial los Servicios del Estado y el sector privado, con fines de coordinación;
19. Estudiar y proponer las medidas tendientes a prevenir el deterioro ambiental y la contaminación;
20. Estudiar, proponer y coordinar con los organismos correspondientes las labores de catastro comunal;
21. Elaborar y proponer programas y proyectos específicos en el área social comunal;
22. Estudiar y proponer las medidas que se requieren adoptar para impulsar el desarrollo social, tendiente al bienestar general de la población comunal;
23. Tomar conocimiento de todas las acciones y proyectos que preparen o estén aplicando en la comuna, en el área social, los Servicios del Estado y el sector privado;
24. Investigar la realidad social de la comuna, para la elaboración de diagnósticos sociales, confeccionando y diseñando los instrumentos para tales efectos;
25. Recopilar, procesar, interpretar y entregar la información estadística comunal, a las unidades que lo requieran;
26. Elaborar toda la información necesaria para la confección del Plan de Desarrollo Comunal, los programas y proyectos municipales;
27. Centralizar, recopilar y mantener datos estadísticos nacionales, regionales y comunales, necesarios para la municipalidad, transformándolos en datos útiles para la toma de decisiones;
28. Mantener actualizada la carta de situación comunal, socioeconómica por sectores.
29. Fomentar vinculaciones de carácter técnico con los servicios públicos y con el sector privado de la comuna, particularmente en todo lo relacionado con el Puerto de San Antonio, sus vías de acceso y desarrollos derivados;
30. Facilitar a las otras unidades componentes del Comité de Políticas, Planes y Desarrollo sustentable los estudios, información, metodología y criterios que dichas unidades requieran para el cumplimiento de sus cometidos;
31. Revisar los estudios que las otras unidades de la Administración Superior efectúen respecto a evaluación de proyectos que se encuentren en etapa de estudio, determinando los criterios básicos con que dichas unidades deban operar;
32. Estudiar, caracterizar, programar y evaluar el proceso de desarrollo comunal en sus aspectos económicos, presupuestarios, territoriales y sociales;
33. Firmar los actos Administrativos que le delegue la Alcalde;
34. Diseñar, implementar y administrar el Plan Informático municipal;
35. Procurar el uso eficiente del equipamiento informático municipal;
36. Emitir los informes técnicos que le sean requeridos;
37. Medir la eficiencia del personal de su dependencia;
38. Participar en el Comité de Políticas, Planes y Desarrollo Sustentable;
39. Participar en el Comité de Administración Interna;
40. Participar en el Comité de Gestión de Servicios Municipales;
41. Cumplir las demás funciones que la Ley o la Alcalde le encomiende.
Departamentalización Operacional
1.3 SECPLAC
Se conforma por un equipo técnico - profesional en las siguientes áreas:
1.3.1 Desarrollo Económico
1.3.2 Inducción de Inversiones
1.3.3 Planificación Social
1.3.4 Programación y planificación financiera
1.3.5 Formación, evaluación y presentación de proyectos